Actualmente este derecho aplica a personas trabajadoras del sector privado bajo la modalidad de teletrabajo
El Centro de Conciliación Laboral brinda asesoría jurídica gratuita y confidencial sobre conflictos laborales
PACHUCA, Hgo. – La desconexión digital representa una herramienta fundamental para proteger la salud física y emocional de las personas trabajadoras, al garantizar que, una vez concluida su jornada laboral, puedan ejercer su derecho al descanso sin permanecer disponibles de manera permanente a través de dispositivos electrónicos.
Al respecto, la titular del Centro de Conciliación Laboral del Estado de Hidalgo (CCLEH), Mariela Valero Mota, explicó que este derecho se encuentra previsto en el artículo 330-E de la Ley Federal del Trabajo y, actualmente, aplica únicamente para las personas trabajadoras del apartado A del artículo 123 constitucional —es decir, quienes laboran en empresas privadas— que desempeñan sus funciones bajo la modalidad de teletrabajo.
Precisó que la desconexión digital consiste en establecer, desde el contrato de trabajo, los horarios en los que concluye la jornada laboral y las condiciones bajo las cuales podrían existir comunicaciones extraordinarias entre empleador y trabajador, siempre mediante acuerdos previamente pactados.
La funcionaria destacó que el uso cotidiano de teléfonos móviles, computadoras y otras tecnologías ha permitido realizar actividades laborales desde cualquier lugar; sin embargo, advirtió que la falta de límites puede provocar que las personas permanezcan en un estado constante de disponibilidad.
Lo que provoca afectaciones tales como estrés, ansiedad, insomnio y otros trastornos de salud mental que ya son reconocidos como enfermedades de trabajo por la legislación mexicana.
Valero Mota informó que actualmente existe una iniciativa de reforma aprobada por la Cámara de Diputados y turnada al Senado de la República, cuyo objetivo es ampliar el derecho a la desconexión digital para todas las personas trabajadoras, independientemente de que laboren o no bajo la modalidad de teletrabajo.
En el caso del teletrabajo, recordó que esta modalidad se configura cuando más del 40 por ciento de la jornada se desarrolla fuera del centro de trabajo mediante el uso de tecnologías de la información, por lo que las condiciones de disponibilidad, posibles excepciones y, en su caso, compensaciones por actividades fuera del horario laboral, deben establecerse de común acuerdo entre ambas partes.
“Respetando el derecho a la desconexión podrían pactar excepciones, en qué momentos de urgencia pudieran hablar fuera de la jornada de trabajo, durante cuánto tiempo, y si ya es algo de manera como reiterada, pues incluso pactar una compensación, porque si estás realizando un trabajo amerita que te paguen», señaló.
La titular del CCLEH señaló que todas las personas que enfrentan un conflicto relacionado con sus condiciones laborales pueden acudir a esta institución para recibir asesoría jurídica gratuita y confidencial, sin que ello implique notificar de manera inmediata al empleador.
Recordó que, desde noviembre de 2021, la conciliación es un paso obligatorio previo a la presentación de una demanda laboral, por lo que el Centro ofrece orientación especializada para que trabajadores y empleadores conozcan sus derechos y encuentren soluciones mediante el diálogo.
Finalmente, reiteró que fortalecer una cultura de respeto a las jornadas laborales y al descanso favorece entornos de trabajo más saludables, productivos y equilibrados para todas y todos.
