Policías cobraran once años de salario juntos

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Ganaron laudo por despido injustificado

IXMIQULPAN, Hgo.- El Pleno del Congreso del estado aprobó por unanimidad la modificación de las participaciones concernientes al Fondo General de Participaciones y al Fondo de Fomento Municipal correspondientes al Municipio de Ixmiquilpan, en acatamiento al acuerdo dictado y emitido por la Primera Sala del Tribunal de Justicia Administrativa (TJA) del Poder Judicial del Estado, con número de expediente 69/2009, que la semana pasada aprobó la Comisión de Hacienda y Presupuesto, que preside la diputada de Morena Noemí Zitle Rivas.

Con base en el acuerdo emitido por la Primera Sala del TJA, a partir de la aprobación de dicha afectación, corresponderá a la Secretaría de Finanzas del Gobierno estatal entregar las cantidades a los actores (cinco policías municipales) que en el goce de sus derechos indebidamente les fueron afectados con los actos administrativos declarados nulos, es decir, el pago de salarios que dejaron de percibir desde el 2 de febrero de 2009 (cuando fueron despedidos injustificadamente), más los que se sigan generando hasta el total cumplimiento de la sentencia ejecutoria, así como el pago de todas las prestaciones a las que tuviesen derecho.

De acuerdo con la sentencia emitida por el TJA, el Ayuntamiento del Municipio de Ixmiquilpan, a pesar de la imposición de diversas multas, incumplieron con lo establecido en la ejecutoria. El 7 de octubre del 2014, se precisaron y liquidaron las obligaciones que hasta esa fecha las demandadas debían de pagar a los gobernados, tal como se desprende de lo establecido en los considerando IV, VI y el resolutivo Segundo del recurso de queja promovido por los actores, que dispone en esencia lo siguiente:

“Se decretó la nulidad lisa y llana de los actos administrativos impugnados, quedando las autoridades demandadas, Oficial Mayor, Secretario Municipal y Contralor Municipal de Ixmiquilpan, obligadas a restituir a los actores en el goce de los derechos que indebidamente les fueron afectados”.

No obstante, con el referido pago efectuado a los actores no se cumplió en su totalidad con la obligación de las autoridades demandadas establecida en la resolución definitiva emitida el 9 de diciembre de 2010, ya que, en otras palabras, para que las demandadas cumplieran a plenitud con su obligación establecida en la sentencia definitiva dictada en el presente juicio debieron de pagar a los actores desde la fecha de su separación del cargo que desempeñaban en la institución policial del Municipio de Ixmiquilpan.

Al no realizar el pago establecido en el término otorgado para tal efecto la queja –señala la autoridad judicial- tuvo como consecuencia su incumplimiento y eventual incremento del adeudo con el transcurso del tiempo; por tanto, se especificó que “la obligación de las demandadas y su superior jerárquico subsiste hasta efectuar el pago de la totalidad de salarios y percepciones a los actores”.

En el documento, se manifiesta que el Tribunal de Justicia Administrativa, bajo el argumento de la violación a derechos humanos y el apoyo que deben de ejercer los Poderes del Estado para cumplir con la justicia expedita, solicitó al Congreso del Estado de Hidalgo, su colaboración, para que autorice la afectación a las participaciones concernientes al fondo general de participaciones y al fondo de fomento municipal  pertenecientes al municipio  de Ixmiquilpan, para que la Secretaría de Finanzas del gobierno del Estado, entregue esas cantidades a los actores.

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