Democracia y legitimidad

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La revocación de mandato debe ser un mecanismo procesal que derive en el retiro inmediato del gobernante ante su evidente incapacidad o ante actos de corrupción

La democracia es una forma de gobierno que no se agota en el proceso electoral. Implica la observancia permanente —por parte de quienes gobiernan— del marco jurídico surgido a partir de la creación del Estado nacional, de su organización política —incluida la necesaria división de poderes— y del principio, reconocido y protegido por la propia norma suprema, de que la soberanía reside en el pueblo y no en el gobernante, quien por esta razón solamente es un administrador temporal de las decisiones de los gobernados.

La democracia obliga a los gobernantes a transparentar su quehacer y a rendir cuentas de sus actos, particularmente los referentes a la gestión de los recursos públicos. Por eso es irrelevante si quien gobierna obtuvo el triunfo con un número significativo de votos o si un solo sufragio hizo la diferencia respecto de su contendiente más cercano.

La legitimidad que dan 30 millones de votos no le alcanza a ningún gobernante para burlar la ley, ni para destruir a las instituciones fundamentales del Estado, por más que éstas sean arcaicas o que en su funcionamiento se perciban elementos de corrupción.

En todo caso, es obligación del gobernante el fortalecer a las instituciones y proponer los cambios que requieran, a efecto de perfeccionarlas y de que sean más útiles para la sociedad.

El politólogo y científico social Karl Deutsch afirma que existen tres tipos de legitimidad. La legitimidad por procedimiento, que surge —justamente— de la contienda electoral; la legitimidad por representación, que tiene como base a las personas e instituciones a quienes el gobernante representa y, finalmente, a la legitimidad por resultados.

Esta última se fortalece o debilita en razón del éxito o del fracaso de la gestión del gobernante. Aunque implica un esfuerzo permanente, la legitimidad por resultados tiene efectos en el mediano plazo, que es cuando los gobernados cuentan con elementos empíricos suficientes para determinar si el gobernante ha tenido un papel destacado en su gestión o si, por el contrario, ésta ha sido limitada o francamente negativa.

Quien gobierna no lo hace únicamente para las personas que votaron por él. Por el contrario, debe actuar en beneficio de todos los gobernados, sin importar la postura ideológica de éstos.

Parte de su responsabilidad es conciliar las múltiples diferencias en el ámbito social, a efecto de contar con una visión compartida de país; es decir, con una idea clara, aceptada por una amplia mayoría, respecto de lo que los gobernados anhelamos para el futuro común y por el que debemos empeñarnos todos, más allá de los intereses personales o de grupo.

Por esa razón, la revocación de mandato es una medida que la Constitución debe contemplar, pero sólo como mecanismo procesal que permita la interrupción de un gobierno cuyos resultados —en un tiempo prudente—, no sean los esperados a la luz de las evidencias empíricas y documentales de los hechos. Jamás debe constituirse como mecanismo de permanencia o continuidad, ni como fórmula para determinar la aceptación o el rechazo del gobernante, sino como proceso que frente a la evidencia de incumplimiento grave del mandato sólo pueda derivar en el retiro inmediato de quien gobierna.

@gomezvives

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