Modificaciones a Ley para la Familia en materia de prelación de apellidos

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Aprueban modificaciones a Ley para la Familia en materia de prelación de apellidos

Pachuca, Hgo.- Este martes 13 de octubre se realizó la sesión ordinaria número 140 de la LXIV Legislatura de Hidalgo, en la cual se aprobó el dictamen de la segunda Comisión Permanente de Legislación y Puntos Constitucionales, relativo a las modificaciones a la Ley para la Familia del Estado de Hidalgo, en materia de la prelación de apellidos.

Lo anterior, con la finalidad de dar certeza al acto de registro, de acudir ante el Oficial del Registro del Estado Familiar solo uno de los progenitores y éste solicite la inscripción del nombre y apellidos de otra persona quien a su decir tenga la voluntad de crear lazos de parentesco con quien se presenta; se deberá acreditar dicha voluntad mediante poder otorgado en escritura pública o en carta poder reconocida notarialmente, expresando como mínimo el objeto especial para el que se otorga y mencionando a la persona que será reconocida como hijo o hija.

Con lo anterior, se contempla la excepción de: ante la falta de acuerdo de los progenitores o quienes tengan la voluntad parental, sean (madres o padres), como una acción afirmativa que pondera el interés superior de la niñez a la filiación e identidad.

Asimismo, se contempla que el orden de apellidos para el primer hijo o hija será el mismo para los demás descendientes y que independientemente del orden que se determine, una vez registrada la niña o el niño, se le deberá asignar la Clave Única de Registro de Población.

Se explicó que debe prevalecer el interés superior del menor, independientemente de la filiación matrimonial o extramatrimonial de los niños y niñas, debiéndose asentar en el acta de nacimiento “el nombre de quien o quienes tengan el vínculo biológico o jurídico” para de esta forma reiterar el criterio emitido en el amparo en revisión 852/2017, omitiendo las palabras “padre” y “madre” y reflejando la composición familiar como una cuestión de facto, distinta e independiente al reconocimiento legal de hijos e hijas.

En tanto, también se aprobaron las modificaciones a la Ley de Entrega – Recepción de los Recursos Públicos del Estado de Hidalgo, con el objeto actualizar conceptos y principios de acuerdo con la Ley General de Responsabilidades Administrativas; incorporando además la entrega de los archivos que se encuentren bajo custodia de los servidores públicos, así como los instrumentos de control y consulta archivísticos actualizados, de acuerdo con las obligaciones previstas en la Ley de Archivos del Estado de Hidalgo.

Se dijo que la rendición de cuentas tiene una función preventiva y contribuye a evaluar el buen funcionamiento de los diferentes aspectos de las políticas aplicadas o de los servicios prestados, para promover su consolidación y determinar los aspectos que requieren ajustes. Los mecanismos de rendición de cuentas pueden contribuir a identificar las fallas sistémicas que es necesario eliminar para aumentar la eficacia y receptividad de los sistemas de prestación de servicios.

Asimismo, se exhortó a la Secretaría de Finanzas Públicas del Gobierno del Estado de Hidalgo, para que informe la forma y los montos que ha remitido durante los primeros tres trimestres del presente ejercicio fiscal, así como la modalidad y montos que remitirá en el último trimestre del ejercicio fiscal hacia la Secretaría de Contraloría para la construcción del Laboratorio de Análisis y Control Calidad para la Obra Pública y para la integración de los Órganos Internos de Control en la Administración Pública Estatal Centralizada y Descentralizada, ambos proyectos autorizados en el Presupuesto de Egresos del Estado de Hidalgo para el Ejercicio Fiscal del año 2020.

De la misma forma, a la Secretaría de Contraloría del Gobierno del Estado de Hidalgo, para que, respecto del Laboratorio de Análisis y Control de Calidad para la Obra Pública, en su próxima comparecencia ante el Congreso del Estado de Hidalgo, informe de los resultados sobre procedimientos de adjudicación directa, invitación restringida y licitación de cualquier naturaleza, que en su caso haya celebrado, incluyendo la Versión Pública del Expediente respectivo y de los contratos celebrados, incluyendo los informes de avance físico y financiero del mismo; así como los ingresos, el nombre de los responsables de recibirlos, administrarlos y ejercerlos, así como su destino, que hayan registrado durante los tres primeros trimestres del Año Fiscal 2020 para la ejecución del Laboratorio de Análisis y Control Calidad para la Obra Pública.

En otro orden de ideas, durante los trabajos de la LXIV Legislatura de Hidalgo, los diputados Ana Edith Rodríguez Gaytán y Miguel Reyes López, promovieron una iniciativa para adicionar un segundo párrafo al artículo 47 de la Ley de Fomento y Desarrollo Económico para el Estado de Hidalgo, la cual se turnó a la Comisión de Legislación y Puntos Constitucionales.

«El Gobierno del Estado y los Ayuntamientos, con la participación de las Instituciones de Educación Superior, deberán incluir en los Planes de Desarrollo de su competencia, el diseño de objetivos, estrategias, líneas de acción y prioridades, que garanticen el desarrollo económico de los pueblos originarios del Estado, impulsando los apoyos de promoción económica a favor de los productores y la utilización de prácticas agroecológicas y de naturaleza sustentable, así como la conservación del suelo, el agua y la agrodiversidad; la autosuficiencia en la producción de semillas y otros insumos, el uso de maquinaria y equipo apropiado a la agricultura de pequeña escala, así como la implementación de sistemas de energía renovable», se establecería.

De la misma forma y previo al desahogo de los puntos del orden del día, se turnó a la Comisión de Legislación y Puntos Constitucionales, la iniciativa planteada por el gobernador Omar Fayad Meneses, con la cual modifica la Ley Orgánica de la Agencia Estatal de Energía de Hidalgo.

ASUNTOS GENERALES

En asuntos generales participó la diputada María Teodora Islas Espinoza con el tema “Exhorto a los centros de salud del estado de Hidalgo”, a fin de solicitar a la Secretaria de Salud, con la finalidad de dirigir los recursos humanos y materiales a su cargo con el fin de que en los 84 municipios,  en los centros de salud y demás instituciones públicas se ofrezca un servicio eficiente y eficaz para poder cumplir los objetivos institucionales de acuerdo a sus facultades, atribuciones y presupuesto, para que la ciudadanía en general cuente con  atención integral en los problemas de salud.

La legisladora Noemí Zitle Rivas propuso se exhorte a la Secretaría de Obras Públicas y Ordenamiento Territorial para que en el ámbito de sus atribuciones se apliquen las sanciones correspondientes a la empresa trituradora y procesadora de materiales Santa Anita, S.A. de C.V. ubicada en el municipio de Atotonilco de Tula, por incumplimiento de las obligaciones referidas en el dictamen del estudio de impacto urbano y vial relativo a la regularización de la planta, emitido por la Dirección General de Ordenamiento Territorial el 20 de marzo del 2019.

Por su parte, la representante local, Lisset Marcelino Tovar planteó se exhorte a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, a la Secretaría de Salud y a la Comisión Nacional del Agua del Gobierno Federal, así como al Gobierno del estado de Hidalgo y a los ayuntamientos de los municipios de Actopan, Ajacuba, Alfajayucan, El arenal, Atitalaquia, Atotonilco de Tula, Chapantongo, Chilcuautla, Francisco I Madero, Huichapan, Ixmiquipan, Mixquiahuala De Juarez, Nopala de Villagrán, Progreso de Obregón, San Agustin Tlaxiaca, San Salvador, Santiago de Anaya, Tasquillo, Tecozautla, Tepeji de Rio de Ocampo, Tepetitlan, Tetepango, Tezontepec de Aldama, Tlahuelilpan, Tlaxcoapan, Tula de Allende informen a esta soberanía qué fabricas e industrias que se encuentran asentadas en la Región del Valle del Mezquital cumplen, y cuáles no,  con las normas oficiales mexicanas NOM-001-SERMANAT-1996, NOM-002-SERMANTAT-1996, y NOM-003-SERMANAT-1997.

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