MINERAL DE LA REFORMA, Hgo. – Las y los empleadores deben realizar el pago de aguinaldo, sin falta antes del 20 dediciembre, como lo marca la Ley Federal del Trabajo en su Artículo 87 y en caso de no hacerlo, pueden ser acreedores a una sanción, señaló el titular de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social de Hidalgo, Oscar Javier González Hernández.
La Ley Federal del Trabajo establece la obligación del empleador de pagar el
aguinaldo en tiempo y forma. En caso de incumplimiento, se aplican sanciones
que van desde 50 hasta 500 veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA) para
estas infracciones, y se concede al trabajador un plazo de un año para solicitar su
pago, destacó.
Explicó que en caso de que el empleador omita el pago del aguinaldo, por ley este
deberá agotar una audiencia de conciliación ante el Centro de Conciliación Laboral
del Estado de Hidalgo ubicado en Av. Benito Juárez No.394, Ex. Hacienda la
Concepción, San Juan Tilcuautla, San Agustín Tlaxiaca, Hidalgo o pueden
comunicarse a los números 7716885620, 7716886019 y 7716885606.
Una vez que el trabajador o trabajadora acuda a interponer la denuncia, esta
instancia citará al patrón y al trabajador con el fin de llegar a un acuerdo sin
necesidad de iniciar un juicio.
González Hernández indicó que el proceso de conciliación tiene como objetivo
evitar largos juicios y litigios legales, sin embargo subrayó que en caso de que la
conciliación no resuelva el conflicto, el trabajador podrá reclamar el pago
mediante un juicio ante los Tribunales Laborales, para lo cual necesitará la
asistencia de un abogado laboralista.
Es en este sentido que recordó que la instrucción del gobernador Julio Menchaca
es vigilar el cumplimiento de los derechos de la fuerza trabajadora de la entidad,
por ello la Procuraduría Estatal de la Defensa del Trabajo ofrece servicios de
abogados públicos y gratuitos para ayudar en este proceso; misma que se ubica
en carretera Pachuca-Ciudad Sahagún, No. 1955, Parque Industrial Canacintra,
Mineral de la Reforma.
En tanto reiteró que las y los trabajadores que renuncien a su empleo antes del 20
de diciembre tienen derecho a que se les cubra la parte proporcional del
Carretera Pachuca-Ciudad Sahagún No. 1955, Parque Industrial
CANACINTRA, Mineral de la Reforma, Hgo. C.P. 42186
Tels. 771 717 6000 ext. 2764
www.hidalgo.gob.mx
aguinaldo correspondiente al tiempo que laboraron. El aguinaldo proporcional
deberá ser pagado en el momento de la terminación de la relación laboral, como
parte de su liquidación o finiquito.