Contraloría propone iniciativa de ley en materia de administración pública

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  • La legislación está integrada por 3 títulos, 6 capítulos, 46 artículos y 4 transitorios

La Secretaría de Contraloría, a cargo de Álvaro Bardales, busca establecer las bases generales para las personas servidoras públicas de los entes gubernamentales realicen de forma correcta sus procesos de entrega-recepción por término de administración.

Por ello propuso la iniciativa “Ley de Entrega Recepción de la Administración Pública”, las personas servidoras públicas deberán entregar a quienes las sustituyan los recursos humanos, materiales, financieros e informáticos, luego de la conclusión de su empleo, cargo o comisión.

La disposición busca crear la Comisión de Entrega, misma que será la responsable de dar seguimiento al proceso, el cual debe iniciar 12 meses previos a partir de la finalización del ejercicio constitucional, integrándose con la persona titular del Poder Ejecutivo, quien designará a un representante. 

Dentro de la Ley se establece que, una vez reconocidos por la autoridad competente, la o el gobernador saliente y la persona electa instalarán un comité de Entrega Recepción, a fin de que la nueva administración reciba los recursos. 

Además, se adiciona la obligación de elaborar un informe de rendición de cuentas por término de administración, que considere los programas, proyectos, compromisos, acciones, asuntos, recursos, información y situación general de la gestión que concluye.

Asimismo, se instruye la elaboración y entrega de Libros Blancos, en los cuales se plasmarán asuntos trascendentes y se describirán y presentarán de manera cronológica las acciones conceptuales, legales, presupuestarias, administrativas, operativas y de seguimiento con resultados obtenidos. 

Se prevé que las y los servidores públicos salientes tengan acceso a los expedientes correspondientes para que coadyuven en los requerimientos de las autoridades en caso de auditoría.

Cabe mencionar que dicho proceso de entrega tendrá una duración máxima de 30 días posteriores a la notificación que emita el área administrativa de los entes a las personas servidoras públicas salientes, así como al Órgano Interno de Control, con posibilidad de otorgar una prórroga de 30 días hábiles.

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