• Cada vez son más los trámites que pueden realizarse por internet
• También se puede realizar la pre-alta por internet y concluir el trámite en la subdelegación
El registro de patrones personas físicas y/o morales, es un trámite que puede realizarse a través de la plataforma digital del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), con lo que se brinda facilidad y eficiencia en los servicios administrativos en favor de los usuarios.
El cumplimiento de las obligaciones patronales no tiene que ser un proceso tedioso y complicado, señaló Juan Carlos Vera Gama, del Departamento de Supervisión de Afiliación Vigencia del IMSS en Hidalgo, quien adelantó que la lista de servicios que se pueden realizar en línea, cada vez irá en aumento.
Detalló que las personas que así lo prefieran pueden realizar su pre-alta en línea, a través del portal www.imss.gob.mx y concluir el trámite en la Subdelegación que corresponda a su región, o bien, realizarlo de principio a fin por internet en la plataforma denominada Escritorio Virtual,en la dirección electrónica mencionada.
Sólo se requiere contar con la Clave Única de Registro de Población (CURP), archivos “.key” y contraseña de la clave privada de la fiel, que se obtienen al registrarse en el portal para este y futuros trámites en línea.
Vera Gama aconsejó que antes de iniciar la captura de datos, se consulte el Artículo 196 del Reglamento de la ley del Seguro Social en materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización, para determinar la clase y fracción con base a la actividad de cada patrón, con el objeto de tener a la mano los documentos según sea el caso.
Para quien prefiera concluir el trámite en la Subdelegación, deberá llenar la Solicitud de Registro Patronal por internet y después acudir a la oficina administrativa, en la fecha y hora que se te indique durante el registro en línea, con la documentación que mencione su formato de cita. En caso de no asistir en la fecha y horario señalado, se dará un plazo máximo de 10 días siguientes al envío de la solicitud para concluirlo.
Finalmente, recordó a los interesados que para cumplir con lo establecido por Ley, deberán presentar el trámite dentro de los cinco días hábiles posteriores a la contratación de un trabajador a su servicio.