Durante las sesiones tercera y cuarta extraordinarias llevadas a cabo por el Consejo General del Instituto Estatal Electoral (IEE), y posterior a realizar un análisis de las reglas de paridad establecidas, se otorgó el registro de las planillas a los partidos del Trabajo, Acción Nacional y de la Revolución Democrática al cumplir éstos con la paridad después de haber subsanado diversos requisitos legales; de modo que se les autorizó el inicio de campañas electorales para las planillas de candidatos a integrantes de ayuntamientos.
En este sentido el Partido del Trabajo postuló 56 candidaturas de las cuales 28 están encabezadas por hombres y 28 por mujeres, 38 de ellas con antecedentes de votación. Dado que el número de postulaciones se conformaron en tres bloques, uno con 13 municipios de votación baja, el segundo bloque con votación media con 13 municipios y el tercer bloque de votación alta con 12 municipios. En el bloque de votación baja el PT postuló 6 hombres y 7 mujeres, en el de votación media 6 hombres y 7 mujeres y el bloque de votación alta de 6 hombres y 6 mujeres.
En cuanto al Partido Acción Nacional se estableció que postularon un total de 76 candidaturas que cumplen con la paridad de las cuales están encabezadas por 38 hombres y 38 mujeres, 74 de ellas con antecedentes de votación. El bloque de votación más baja con 25 municipios, el bloque con votación media 25 municipios y el de votación alta con 24 municipios. En el bloque de votación baja postularon 12 hombres y 13 mujeres, en el de media 12 hombres y 13 mujeres y en el de alta 12 mujeres y 12 hombres.
El Partido de la Revolución Democrática postuló un total de 75 candidaturas de las cuales 37 están encabezadas por hombres y 38 por mujeres. El bloque de votación baja 25 municipios, media 24 municipios y alta 24 municipios. Se anunció que en el bloque de votación baja postularon 12 hombres y 13 mujeres, en el de media 12 mujeres y 12 hombres y en el bloque de votación alta 12 hombres y 12 mujeres. También se dio a conocer que el partido cumple con la paridad vertical en 72 de sus postulaciones y en tres no que son Epazoyucan, Mineral de la Reforma y Tepeapulco, por lo que no es procedente el registro del último regidor en cada una de ellas.
Cabe destacar que también se aprobó el proyecto de acuerdo propuesto por la Secretaría Ejecutiva por medio del cual se realiza el registro de las candidaturas a Presidente Municipal y Sindico, ambos en su calidad de propietario de la planilla postulada por el Partido Morena en el Municipio de Actopan, esto derivado de dar cumplimiento a la resolución del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación Sala Regional Toluca, dictada dentro del expediente ST-JD-123/2016.