{"id":55294,"date":"2023-03-18T00:00:35","date_gmt":"2023-03-18T06:00:35","guid":{"rendered":"https:\/\/elreporterohgo.com\/noticias\/?p=55294"},"modified":"2023-03-18T00:00:37","modified_gmt":"2023-03-18T06:00:37","slug":"reprobada-alcaldesa-funcionarios-y-municipes","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/elreporterohgo.com\/noticias\/2023\/03\/18\/reprobada-alcaldesa-funcionarios-y-municipes\/","title":{"rendered":"Reprobada alcaldesa, funcionarios y mun\u00edcipes"},"content":{"rendered":"\n<figure class=\"wp-block-image\"><img fetchpriority=\"high\" decoding=\"async\" width=\"1024\" height=\"726\" src=\"https::\/\/elreporterohgo.com\/noticias\/wp-content\/uploads\/2023\/03\/z00ERT-2-1-1024x726.jpg\" alt=\"\" class=\"wp-image-55295\" srcset=\"https:\/\/elreporterohgo.com\/noticias\/wp-content\/uploads\/2023\/03\/z00ERT-2-1-1024x726.jpg 1024w, https:\/\/elreporterohgo.com\/noticias\/wp-content\/uploads\/2023\/03\/z00ERT-2-1-300x213.jpg 300w, https:\/\/elreporterohgo.com\/noticias\/wp-content\/uploads\/2023\/03\/z00ERT-2-1-768x544.jpg 768w, https:\/\/elreporterohgo.com\/noticias\/wp-content\/uploads\/2023\/03\/z00ERT-2-1.jpg 1309w\" sizes=\"(max-width: 1024px) 100vw, 1024px\" \/><\/figure>\n\n\n\n<p>Auditoria superior ha detectado muchas debilidades<\/p>\n\n\n\n<p>Por Juan Sabino Cruz<\/p>\n\n\n\n<p>APAN, Hgo. \u2013 La alcaldesa priista Guadalupe Mu\u00f1oz Romero y los mun\u00edcipes que m\u00e1s parecen becarios de cuatro a\u00f1os, literalmente fueron reprobados por la Auditoria Superior del estado de Hidalgo al incumplir el Marco Integrado de Control Interno (MICI), lo cual podr\u00eda dar paso a la corrupci\u00f3n, entre otros muchos aspectos.<\/p>\n\n\n\n<p>La Auditoria Superior en su informe del ejercicio 2020-2021 estableci\u00f3:\nProcedimientos de auditor\u00eda aplicados 1. Gu\u00eda General de Auditor\u00eda 1.1 Control\nInterno.<\/p>\n\n\n\n<p>La finalidad fue verificar la existencia de mecanismos de\ncontrol interno suficientes para prevenir y minimizar el impacto de los riesgos\nque puedan afectar la eficacia y eficiencia de las operaciones, la obtenci\u00f3n de\ninformaci\u00f3n confiable y oportuna, el cumplimiento de la normatividad aplicable\ny la consecuci\u00f3n de los objetivos de los planes y programas. 1.2 Origen de los\nRecursos 1.2.1 Recaudaci\u00f3n 1.2.1.1.<\/p>\n\n\n\n<p>RECOMENDACIONES<\/p>\n\n\n\n<p>&nbsp;08\/APA\/2021\/01\/R\/001,\nRecomendaci\u00f3n Procedimiento 1.1.1 Resultado 2 con observaci\u00f3n Con la finalidad\nde determinar el grado de avance que tiene el Municipio de Apan, Hidalgo, en la\nimplementaci\u00f3n del Sistema de Control Interno que le permita administrar y\nejercer con eficiencia, eficacia y econom\u00eda los recursos, y en respuesta al\ncuestionario aplicado que permite medir el grado de avance en la implementaci\u00f3n\ndel sistema en cada uno de los cinco componentes que integran el Marco\nIntegrado de Control Interno (MICI), se obtuvieron las siguientes debilidades:<\/p>\n\n\n\n<p>Administraci\u00f3n de Riesgos a) La Entidad Fiscalizada no cuenta\ncon un Plan, Programa o documento an\u00e1logo en el que se establezcan sus\nobjetivos estrat\u00e9gicos en t\u00e9rminos cuantificables y medibles; b) La Entidad\nFiscalizada no identifica ni clasifica sus objetivos estrat\u00e9gicos conforme a su\nnaturaleza; c) La Entidad Fiscalizada no alinea sus objetivos estrat\u00e9gicos\nconforme a su mandato, misi\u00f3n y visi\u00f3n; d) La Entidad Fiscalizada no cuenta con\nindicadores establecidos u otro mecanismo que le permita medir de manera\noportuna el desempe\u00f1o y cumplimiento de los objetivos de su Plan de Desarrollo,\nPrograma Operativo Anual; e) La Entidad Fiscalizada no realiza la programaci\u00f3n,\npresupuestaci\u00f3n, distribuci\u00f3n y asignaci\u00f3n de los recursos con base en los\nobjetivos establecidos; f) La Entidad Fiscalizada no establece objetivos y\nmetas espec\u00edficos para las diferentes unidades o \u00e1reas que conforman la\nestructura org\u00e1nica; g) La Entidad Fiscalizada no da a conocer de manera\noportuna, o en su caso no utiliza medios oficiales, para dar a conocer los\nobjetivos estrat\u00e9gicos y espec\u00edficos a los titulares; h) La Entidad Fiscalizada\nno identifica y determina los posibles riesgos que atentan con el cumplimiento\nde sus objetivos estrat\u00e9gicos y espec\u00edficos; i) La Entidad Fiscalizada no\nidentifica oportunamente los probables riesgos que atentan contra el\ncumplimiento sus objetivos y metas durante la aplicaci\u00f3n de recursos p\u00fablicos;\nj) La Entidad Fiscalizada no determina ni establece un grado de tolerancia al\nriesgo asociado de cada uno de los objetivos estrat\u00e9gicos y\/o espec\u00edficos; k)\nLa Entidad Fiscalizada no cuenta con una unidad espec\u00edfica encargada de\ncoordinar el proceso de administraci\u00f3n de riesgos; l) La Entidad Fiscalizada no\nlleva a cabo la evaluaci\u00f3n de riesgos asociados; m) La Entidad Fiscalizada a\npartir de la determinaci\u00f3n de los riesgos asociados, no ha considerado la\nposibilidad de ocurrencia de actos de corrupci\u00f3n en todos sus procesos; n) La\nEntidad Fiscalizada no identifica claramente y\/o considera que pueden ocurrir\notras transgresiones a la integridad; o) La Entidad Fiscalizada no tiene\nidentificados factores de riesgo como la presi\u00f3n interna o externa, oportunidad\ny racionalidad, en la que se pueda ver involucrados los servidores p\u00fablicos; p)\nLa Entidad Fiscalizada no tiene identificados factores de riesgo como la\npresi\u00f3n interna o externa, oportunidad y racionalidad, en la que se pueda ver\ninvolucrados los servidores p\u00fablicos; q) La Entidad Fiscalizada no cuenta con\nplanes de sucesi\u00f3n o planes de contingencia derivado de cambios que puedan\ndarse con el personal. 8 de 24 Apan, Hidalgo Informe Individual de Auditor\u00eda,\nCuenta P\u00fablica 2021 Por lo anterior, la Auditor\u00eda Superior del Estado de\nHidalgo, considera que de acuerdo al MICI, el componente tiene deficiencias en\nsu implantaci\u00f3n, debido a que existen debilidades que no permiten que la\nAdministraci\u00f3n de Riesgos, sea suficiente para garantizar la eficiencia y\neficacia de las operaciones y el cumplimiento de sus metas y objetivos; con\nfundamento en el art\u00edculo 105 de la Ley Org\u00e1nica Municipal para el Estado de\nHidalgo; Apartado de Componentes y Principios del Control Interno del Marco\nIntegrado del Control Interno para el Sector P\u00fablico emitido por el Sistema\nNacional de Fiscalizaci\u00f3n; y el Modelo Estatal de Marco Integrado de Control\nInterno para el Sector P\u00fablico del Estado de Hidalgo. En atenci\u00f3n a la presente\nobservaci\u00f3n, la Entidad Fiscalizada present\u00f3 justificaciones y aclaraciones\nmediante oficio(s) n\u00famero(s) PM\/595\/2022, de fecha(s) 01\/12\/2022, las cuales,\nal ser analizadas se determin\u00f3 que no atiende la irregularidad detectada, por\nlo que subsiste la observaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>&nbsp;08\/APA\/2021\/02\/R\/002,\nRecomendaci\u00f3n Procedimiento 1.1.1 Resultado 3 con observaci\u00f3n Con la finalidad\nde determinar el grado de avance que tiene el Municipio de Apan, Hidalgo, en la\nimplementaci\u00f3n del Sistema de Control Interno que le permita administrar y\nejercer con eficiencia, eficacia y econom\u00eda los recursos, y en respuesta al\ncuestionario aplicado que permite medir el grado de avance en la implementaci\u00f3n\ndel sistema en cada uno de los cinco componentes que integran el Marco\nIntegrado de Control Interno (MICI), se obtuvieron las siguientes debilidades.<\/p>\n\n\n\n<p>&nbsp;ACTIVIDADES DE CONTROL<\/p>\n\n\n\n<ol class=\"wp-block-list\"><li>La Entidad Fiscalizada no cuenta con\nactividades dise\u00f1adas, actualizadas, formalizadas y documentadas que permitan\ncontrolar todos sus procesos, aumentando la probabilidad de que ocurran malas\npr\u00e1cticas y los actos de corrupci\u00f3n de manera oportuna; b) La Entidad\nFiscalizada no cuenta con un mecanismo implementado destinado a la guarda y\ncustodia de recursos materiales y archivos; c) La Entidad Fiscalizada no cuenta\ncon lineamientos internos alienados a un marco jur\u00eddico aplicable impidiendo\nque los recursos se obtengan de forma oportuna; d) La Entidad Fiscalizada no\ntiene establecidos lineamientos que le permitan realizar una correcta erogaci\u00f3n\nde recursos de cada uno de sus procesos; e) La Entidad Fiscalizada carece de un\nmecanismo que le permita asegurarse que las transacciones u operaciones\ndestinadas a la obtenci\u00f3n y aplicaci\u00f3n de recursos son realizadas por el personal\npreviamente autorizado; f) La Entidad Fiscalizada carece de mecanismos o\npol\u00edticas de control que le permitan asegurarse que las transacciones y\noperaciones se registran oportunamente; g) La Entidad Fiscalizada no realiza de\nforma oportuna y peri\u00f3dica conciliaciones de sus registros contables con los\nrecursos financieros y materiales; h) La Entidad Fiscalizada carece de\nactividades o lineamientos dise\u00f1ados y documentados de forma exclusiva para la\nadquisici\u00f3n, mantenimiento, soporte, desarrollo, uso y desecho de las\ntecnolog\u00edas de la informaci\u00f3n; i) La Entidad Fiscalizada carece de pol\u00edticas o\nlineamientos que dan seguridad a los sistemas inform\u00e1ticos y de comunicaciones;\nj) La Entidad Fiscalizada carece de actividades de control para todos sus\nprocesos mediante pol\u00edticas o lineamientos debidamente autorizados y\nformalizados; k) La Entidad Fiscalizada carece de un documento o lineamientos\ndonde se establezcan los planes de recuperaci\u00f3n por desastres y continuidad de\nlas operaciones adem\u00e1s de los sistemas inform\u00e1ticos. Por lo anterior, la\nAuditor\u00eda Superior del Estado de Hidalgo, considera que de acuerdo al MICI, el\ncomponente tiene deficiencias en su implantaci\u00f3n, debido a que existen\ndebilidades que no permiten que las Actividades de Control, sean suficientes\npara garantizar la eficiencia y eficacia de las operaciones y el cumplimiento\nde sus metas y objetivos; con fundamento en el art\u00edculo 105 de la Ley Org\u00e1nica\nMunicipal para el Estado de Hidalgo; Apartado de Componentes y Principios del\nControl Interno del Marco Integrado del Control Interno para el Sector P\u00fablico\nemitido por el Sistema Nacional 9 de 24 Apan, Hidalgo Informe Individual de\nAuditor\u00eda, Cuenta P\u00fablica 2021 de Fiscalizaci\u00f3n; y el Modelo Estatal de Marco\nIntegrado de Control Interno para el Sector P\u00fablico del Estado de Hidalgo. En\natenci\u00f3n a la presente observaci\u00f3n, la Entidad Fiscalizada present\u00f3\njustificaciones y aclaraciones mediante oficio(s) n\u00famero(s) PM\/595\/2022, de\nfecha(s) 01\/12\/2022, las cuales, al ser analizadas se determin\u00f3 que no atiende\nla irregularidad detectada, por lo que subsiste la observaci\u00f3n.<\/li><\/ol>\n\n\n\n<p>08\/APA\/2021\/03\/R\/003,\nRecomendaci\u00f3n Procedimiento<\/p>\n\n\n\n<ol class=\"wp-block-list\"><li>Resultado 4 con observaci\u00f3n Con la\nfinalidad de determinar el grado de avance que tiene el Municipio de Apan,\nHidalgo, en la implementaci\u00f3n del Sistema de Control Interno que le permita\nadministrar y ejercer con eficiencia, eficacia y econom\u00eda los recursos, y en\nrespuesta al cuestionario aplicado que permite medir el grado de avance en la\nimplementaci\u00f3n del sistema en cada uno de los cinco componentes que integran el\nMarco Integrado de Control Interno (MICI), se obtuvieron las siguientes\ndebilidades:<\/li><\/ol>\n\n\n\n<p>&nbsp;INFORMACI\u00d3N Y COMUNICACI\u00d3N<\/p>\n\n\n\n<ol class=\"wp-block-list\"><li>La Entidad Fiscalizada carece de\npol\u00edticas y\/o procedimientos donde se establecen las caracter\u00edsticas y requisitos\nm\u00ednimos que tiene que cumplir las fuentes de informaci\u00f3n para la obtenci\u00f3n de\ndatos y generaci\u00f3n de informaci\u00f3n; b) La Entidad Fiscalizada carece de\npol\u00edticas debidamente formalizadas y actualizadas que le garanticen que la\ndocumentaci\u00f3n comprobatoria de los ingresos que emiten sea de forma oportuna,\napropiada, veraz, completa y exacta; c) La Entidad Fiscalizada carece de\npol\u00edticas debidamente formalizadas y actualizadas que le garanticen que la\ndocumentaci\u00f3n comprobatoria de las erogaciones que se recibe sea de forma\noportuna, apropiada, veraz, completa y exacta; d) La Entidad Fiscalizada no\ntiene designado a un responsable encargado de generar informaci\u00f3n relativa al\ncumplimiento de las metas as\u00ed como de los objetivos estrat\u00e9gicos y espec\u00edficos\nestablecidos en su Plan, Programa Estrat\u00e9gico, o documento an\u00e1logo; e) La\nEntidad Fiscalizada carece de lineamientos formalmente establecidos en los\ncuales se establecen los medios formales destinados para comunicar informaci\u00f3n\nal interior y que le den validez; f) La Entidad Fiscalizada no realiza\nevaluaciones a sus m\u00e9todos de comunicaci\u00f3n interna; g) La Entidad Fiscalizada\nno cumple con la generaci\u00f3n y publicaci\u00f3n de la informaci\u00f3n relativa a la Ley\nGeneral de Contabilidad Gubernamental, Ley de Disciplina Financiera, Ley de\nTransparencia y Acceso a la Informaci\u00f3n P\u00fablica en su portal de internet; h) La\nEntidad Fiscalizada no da cumplimiento con la publicaci\u00f3n de formatos o\ndocumentos de acuerdo a la normativa jur\u00eddica correspondiente con la\ncaracter\u00edstica de datos abiertos; i) La Entidad Fiscalizada carece de\nlineamientos formalmente establecidos en los cuales disponga los medios\ndestinados para comunicar informaci\u00f3n al exterior y que le den validez; j) La\nEntidad Fiscalizada no realiza evaluaciones a sus m\u00e9todos de comunicaci\u00f3n\nexterna. Por lo anterior, la Auditor\u00eda Superior del Estado de Hidalgo,\nconsidera que de acuerdo al MICI, el componente tiene deficiencias en su\nimplantaci\u00f3n, debido a que existen debilidades que no permiten que la\nInformaci\u00f3n y Comunicaci\u00f3n, sea suficiente para garantizar la eficiencia y\neficacia de las operaciones y el cumplimiento de sus metas y objetivos; con\nfundamento en el art\u00edculo 105 de la Ley Org\u00e1nica Municipal para el Estado de\nHidalgo; Apartado de Componentes y Principios del Control Interno del Marco\nIntegrado del Control Interno para el Sector P\u00fablico emitido por el Sistema\nNacional de Fiscalizaci\u00f3n; y el Modelo Estatal de Marco Integrado de Control\nInterno para el Sector P\u00fablico del Estado de Hidalgo. La Entidad Fiscalizada no\npresent\u00f3 justificaciones y aclaraciones en atenci\u00f3n a la irregularidad\ndetectada, por lo que subsiste la observaci\u00f3n.<\/li><\/ol>\n\n\n\n<p>&nbsp;08\/APA\/2021\/04\/R\/004, Recomendaci\u00f3n\nProcedimiento 1.1.1 10 de 24 Apan, Hidalgo Informe Individual de Auditor\u00eda,\nCuenta P\u00fablica 2021 Resultado 5 con observaci\u00f3n Con la finalidad de determinar\nel grado de avance que tiene el Municipio de Apan, Hidalgo, en la\nimplementaci\u00f3n del Sistema de Control Interno que le permita administrar y\nejercer con eficiencia, eficacia y econom\u00eda los recursos, y en respuesta al\ncuestionario aplicado que permite medir el grado de avance en la implementaci\u00f3n\ndel sistema en cada uno de los cinco componentes que integran el Marco\nIntegrado de Control Interno (MICI), se obtuvieron las siguientes debilidades: <\/p>\n\n\n\n<p>SUPERVISI\u00d3N<\/p>\n\n\n\n<ol class=\"wp-block-list\"><li>La Entidad Fiscalizada no cuenta con\nun \u00e1rea o unidad destinada a realizar la tarea de supervisar el control\ninterno; b) En la Entidad Fiscalizada no se han practicado evaluaciones\nexternas al control interno; d) La Entidad Fiscalizada no ha establecido bases\nde referencia para supervisar el control interno con la finalidad de detectar\ndebilidades y deficiencias; e) La Entidad Fiscalizada no ha realizado\nautoevaluaciones a su control interno; f) La Entidad Fiscalizada no ha\nimplementado acciones de mejora para corregir deficiencias detectadas en el\nsistema de control interno; g) La Entidad Fiscalizada no realiza monitoreo de\nforma constante de las acciones para la correcci\u00f3n de errores o deficiencias\npreviamente detectadas. Por lo anterior, la Auditor\u00eda Superior del Estado de\nHidalgo, considera que de acuerdo al MICI, el componente tiene deficiencias en\nsu implantaci\u00f3n, debido a que existen debilidades que no permiten que la\nSupervisi\u00f3n, sea suficiente para garantizar la eficiencia y eficacia de las operaciones\ny el cumplimiento de sus metas y objetivos; con fundamento en el art\u00edculo 105\nde la Ley Org\u00e1nica Municipal para el Estado de Hidalgo; Apartado de Componentes\ny Principios del Control Interno del Marco Integrado del Control Interno para\nel Sector P\u00fablico emitido por el Sistema Nacional de Fiscalizaci\u00f3n; y el Modelo\nEstatal de Marco Integrado de Control Interno para el Sector P\u00fablico del Estado\nde Hidalgo. En atenci\u00f3n a la presente observaci\u00f3n, la Entidad Fiscalizada\npresent\u00f3 justificaciones y aclaraciones mediante oficio(s) n\u00famero(s)\nPM\/595\/2022, de fecha(s) 01\/12\/2022, las cuales, al ser analizadas se determin\u00f3\nque no atiende la irregularidad detectada, por lo que subsiste la observaci\u00f3n.<\/li><\/ol>\n\n\n\n<p>REGIDORES\nBECARIOS QUE SOLO SIRVEN PARA COBRAR <\/p>\n\n\n\n<p>Est\u00e1 claro\nque la informaci\u00f3n emitida por la Auditoria Superior de Hidalgo pr\u00e1cticamente\nreprueba a la alcaldesa y su equipo de colaboradores, pero tambi\u00e9n al pleno del\ncabildo donde los integrantes se han convertido en objetos de ornato que solamente\nsirven para cobrar quincenalmente, pues han dejado al Ayuntamiento de Apan como\nplato de segunda mesa, realizan muchas otras actividades privadas en lugar de estar\npendientes de la administraci\u00f3n Municipal.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Auditoria superior ha detectado muchas debilidades Por Juan Sabino Cruz APAN, Hgo. \u2013 La alcaldesa priista Guadalupe Mu\u00f1oz Romero y los mun\u00edcipes que m\u00e1s parecen becarios de cuatro a\u00f1os, literalmente fueron reprobados por la Auditoria Superior del estado de Hidalgo al incumplir el Marco Integrado de Control Interno (MICI), lo cual podr\u00eda dar paso a<\/p>\n","protected":false},"author":2,"featured_media":55295,"comment_status":"open","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[10],"tags":[],"class_list":{"0":"post-55294","1":"post","2":"type-post","3":"status-publish","4":"format-standard","5":"has-post-thumbnail","7":"category-hidalgo"},"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/elreporterohgo.com\/noticias\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/55294","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/elreporterohgo.com\/noticias\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/elreporterohgo.com\/noticias\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/elreporterohgo.com\/noticias\/wp-json\/wp\/v2\/users\/2"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/elreporterohgo.com\/noticias\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=55294"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/elreporterohgo.com\/noticias\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/55294\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":55296,"href":"https:\/\/elreporterohgo.com\/noticias\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/55294\/revisions\/55296"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/elreporterohgo.com\/noticias\/wp-json\/wp\/v2\/media\/55295"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/elreporterohgo.com\/noticias\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=55294"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/elreporterohgo.com\/noticias\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=55294"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/elreporterohgo.com\/noticias\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=55294"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}