Protección jurídica que garantice bienestar de animales de abasto

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PACHUCA, HGO.- Los diputados locales de Morena Jorge Hernández Araus y José Antonio Hernández Vera, junto con otros legisladores del Nueva Alianza, Partido Verde Ecologista de México y Partido del Trabajo, sometieron a consideración del Pleno del Congreso estatal una iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Protección y Trato Digno a los Animales y del Código Penal, ambos del estado de Hidalgo, para ampliar la protección jurídica que garantice el bienestar de “animales de abasto”, que son aprovechados para la generación de diversos productos y subproductos.

Entre las modificaciones propuestas, destaca la adición a los artículos 349 Terdecies y 349 Quáterdecies al Código Penal para el Estado de Hidalgo que, entre otras cosas, establece que a quien administre u opere cualquier espacio destinado a la matanza de animales de abasto y no cuente con la autorización, licencia o permiso de las autoridades competentes o que, en su defecto se encuentren sin vigencia, se le impondrá de dos a cuatro años de prisión, multa de cinco mil veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA) vigente y la clausura definitiva del inmueble para el uso de matanza de animales destinados al abasto.

También se propone imponer pena de prisión de uno a cuatro años y multa de 400 a 1000 veces el valor diario de la UMA a quien no utilice los métodos establecidos en las normas y leyes para inducir a la brevedad un estado de inconsciencia, a un animal destinado para abasto y como resultado prolongue la agonía o la muerte del animal.

En la exposición de motivos desarrollada en el marco de la sesión ordinaria número 32 de la LXV Legislatura del Congreso de Hidalgo, los diputados morenistas junto con sus compañeros legisladores María Adelaida Muñoz Jumilla, José Noé Hernández Bravo, de Nueva Alianza, María del Carmen Lozano Moreno y Octavio Magaña Soto, del PVEM, y Elvia Yanet Sierra Vite, Tania Valdez Cuellar, Edgar Hernández Dañú y Jesús Osiris Leines Medecigo, destacaron que el reconocimiento de los derechos de los animales ha sido un tema relativamente nuevo, en comparación con los derechos humanos.

Añadieron que derivado de estudios e investigaciones de diferentes disciplinas se ha concluido que los anímales como seres sintientes y conscientes, por lo que merecen un trato digno. Recordaron que la Declaración Universal de los Derechos de los Animales, aprobada por la Unesco y posteriormente por la Organización de las Naciones Unidas (ONU), establece, entre otras cosas que los animales merecen respeto y que el ser humano, como especie animal, no puede atribuirse el derecho de exterminar a los otros animales o de explotarlos; por lo tanto, los seres humanos tenemos la obligación de poner nuestros conocimientos al servicio de los animales.

Señalaron que a nivel local existen leyes que protegen los derechos de los animales e incluso tipifican el maltrato animal como tipo penal, a excepción de los estados de Chiapas, Guerrero, Tabasco y Tlaxcala. En lo que respecta a Hidalgo, dijeron que existen avances significativos en la materia, debido a que desde el año 2005 se cuenta con la Ley de Protección y Trato Digno de os Animales en el Estado.

Dicha legislación, indicaron, tiene por objeto proteger a los animales, garantizar su bienestar, brindarles atención, buen trato, manutención, alojamiento, desarrollo natural, salud y evitarles el maltrato, la crueldad, el sufrimiento, actos de zoofilia y la deformación de sus características físicas, así́ como, asegurar la sanidad del animal, la salud pública y las cinco libertades del animal, siendo estas: libre de hambre, sed y desnutrición, miedos y angustias, de incomodidades físicas o térmicas, de dolor, lesiones o enfermedades.

Sumado a lo anterior, destacaron que en el Código Penal para el Estado de Hidalgo se establece en el Título Décimo Noveno Capítulo III Ter “Delitos en contra de los animales”, el supuesto de multas y prisión por maltrato y matanza injustificada de animales; empero, solo aplica en caso de animales domésticos y ferales, dejando en estado de indefensión a los animales para abasto y consumo humano.

Sostuvieron que si bien, existe un reconocimiento acerca de los derechos que tienen los animales como seres sentientes, la normatividad en nuestro país deja una laguna para la protección de los animales de abasto, debido a que los animales de compañía suelen asociarse de manera más fácil a este tema.

Indicaron que las prácticas ganaderas son la principal industria que atenta contra el bienestar animal desde la crianza hasta la matanza, de igual forma, contribuyen de gran manera con la contaminación al medio ambiente, es por esta razón que resulta tan necesario establecer garantías que benefician a los animales ya que al hacerlo también se beneficia al ambiente y salud humana al evitar acciones que el día de hoy existen como la acumulación de desechos orgánicos en los espacios en los que son criados los animales, el vertimiento de desechos en espacios al aire libre o que la salud de los animales dispuestos para abasto sea comprometida por las condiciones de hacinamiento, entre otras.

Comentaron que si bien existen normas enfocadas en la etapa de matanza y transporte de animales como la NOM-033-Z00 o la NOM-051-ZOO, lo cierto es que durante la etapa de crianza no existe ninguna disposición que proteja a los animales de abasto, por lo que consideran necesario ampliar la protección jurídica que garantice su bienestar.

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