Certeza de integración y funcionalidad de instancias que atienden a la infancia hidalguense

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  • Normativa estatal está armonizada con legislación federal, pero en la práctica es necesario su fortalecimiento, dijo Rosalba Calva García.

Rosalba Calva García, representante morenista por el Distrito II Zacualtipán, subió a tribuna para lanzar exhorto al gobierno local para que exista certeza de integración y funcionalidad de las instancias encargadas de atender a niños y niñas hidalguenses.

Exhortó a los titulares del Sistema Estatal de Protección Integral de Niñas, Niños y Adolescentes y de la Unidad Técnica de Evaluación del Desempeño a verificar que los 84 ayuntamientos tengan integrados sus sistemas municipales de protección, las instancias que los conforman, así como sus secretarías ejecutivas, y que cuenten con programas de atención, así como los servidores públicos que fungirán como autoridad de primer contacto con la niñez.

La legisladora consideró que la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes para el estado establece la normativa y mandato dispuestos en los artículos 122, 134 y 135, lo que hace suponer que, en el ámbito de la aplicación de la ley, Hidalgo se encuentra armonizado en su normatividad respecto a la legislación federal; sin embargo, en la realidad, en la práctica, es necesario su fortalecimiento, dijo la diputada.

Explicó además que en Hidalgo se han realizado “esfuerzos permanentes y constantes para garantizar el interés superior de la niñez en el Sistema DIF, el Sistema Estatal de Protección Integral, la Procuraduría de Protección de Niños, Niñas, Adolescentes y la Familia”. Sin embargo, dijo, es necesario fortalecer datos, estadísticas e informes con los que el sistema cuenta y realizar una validación puntual en tiempo real a los ayuntamientos y con ello detectar dónde es necesario fortalecer con acciones precisas, para que verdaderamente se garantice el interés superior de la niñez hidalguense.

La Ley General de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes establece en su artículo 3 que la federación, las entidades federativas, los municipios obligan a los ayuntamientos a contar con un programa de atención y con un área que funja como autoridad de primer contacto con niñas, niños o adolescentes que será enlace con instancias locales y federales. La instancia a que se refiere coordinará a los servidores públicos municipales cuando en la operación, verificación y supervisión de las funciones y servicios que les corresponden detecten casos de violación a los derechos, precisó la diputada.

Dijo además que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece en su artículo 4 que en todas las decisiones y actuaciones del Estado se velará y cumplirá con el principio del interés superior de la niñez y se garantizarán de manera plena sus derechos: satisfacción de sus necesidades de alimentación, salud, educación y sano esparcimiento para su desarrollo integral. Este principio deberá guiar el diseño, ejecución, seguimiento y evaluación de las políticas públicas dirigidas a la niñez.

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